martes, 27 de mayo de 2008
Derechos de los homosexuales: Marco Legal en Venezuela
· En Venezuela la homosexualidad masculina y femenina es legal, no existe ninguna ley que prohíba las relaciones sexo-afectivas entre personas mayores de 18 años, del mismo sexo. Aunque no se hace mención a personas menores de este límite de edad, es importante recordar que la LOPNA (Ley de Protección al Niño y al Adolescente) contempla protección en caso de abusos sexuales sin importar el sexo del originario de estos abusos.
· En relación a los Derechos Humanos, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela dice lo siguiente:
Título III. De los Derechos Humanos y Garantías, y de los Deberes
Capítulo I. Disposiciones Generales
Artículo 19.- El estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Su respeto y garantía son obligatorios para los órganos del Poder Público , de conformidad cos esta Constitución, con los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la República y con las leyes que la desarrollen.
Artículo 20.- Toda persona tiene derecho al libre desenvolvimiento de su personalidad, sin más limitaciones que las que derivan del derecho de las demás y del orden público y social.
Artículo 21.- Todas las personas son iguales ante la ley; en consecuencia:
1.- No se permitirán discriminaciones fundadas en la raza, el sexo, el credo, la condición social o aquellas que, en general, tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad, de los derechos y libertades de toda persona.
2.- La ley garantizará las condiciones jurídicas y administrativas para que la igualdad ante la ley sea real y efectiva; adoptará medidas positivas a favor de personas o grupos que puedan ser discriminados, marginados o vulnerables; protegerá especialmente a aquellas personas que por alguna de las condiciones antes especificadas, se encuentren en circunstancias de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ella se cometan.
3.- Sólo se dará el trato oficial de ciudadano y ciudadana, salvo las fórmulas diplomáticas.
4.- No se reconocen títulos nobiliarios ni distinciones hereditarias.
Artículo 22.- La enunciación de los derechos y garantías contenidos en esta Constitución y en los instrumentos internacionales sobre derechos humanos no debe entenderse como negación de otros que, siendo inherentes a la persona, no figuren expresamente en ellos. La falta de ley reglamentaria de estos derechos no menoscaba el ejercicio de los mismos.
Artículo 23.- Los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno, en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorables a las establecidas en esta Constitución y en las leyes de la República, y son de aplicación inmediata y directa por los tribunales y demás órganos del Poder Público.
Algunos Tratados y Convenciones Internacionales sobre Derechos Humanos firmados y ratificados por Venezuela
Carta de las Naciones Unidas 15 Noviembre 1945.
Pacto internacional de derechos civiles y políticos. 10 Mayo 1978.
Protocolo facultativo del Pacto internacional de derechos civiles y políticos. 10 Mayo 1978.
Protocolo facultativo del Pacto internacional de derechos civiles y políticos destinado a abolir la pena de muerte. 22 Febrero 1993.
Pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales. 10 Mayo 1978.
Convención internacional sobre la eliminación de toda forma de discriminación racial. 10 Octubre 1967.
Convención sobre la eliminación de toda forma de discriminación contra la mujer. 2 Mayo 1983.
Convención para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena. 10 Diciembre 1968.
Convención relativa a la lucha contra la discriminación en la esfera de la enseñanza. 14 Diciembre 1960.
Convenios de Ginebra sobre derecho humanitario. 1949.
Convención Americana sobre derechos humanos. 9 Agosto 1977.
Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. 26 Agosto 1991.
No existe en Venezuela:
1.- Marco legal que proteja a las minorías sexuales.
2.- Una defensoría especial (Tal como las que existen para mujeres y niños) adscrita a la Defensoría del Pueblo de Venezuela, que vigile y vele por los Derechos Humanos de las minorías sexuales.
3.- Una Asamblea Nacional sensibilizada y dispuesta a trabajar en el tema.
Si existe en Venezuela:
1.- Organizaciones (Alianza Lambda de Venezuela y Unión Afirmativa) dispuestas a trabajar por la comunidad GLBT. Hasta el momento se ha logrado identificar posibles agentes promotores para un cambio efectivo, tales como la Defensoría del Pueblo y la Fiscalía General.
2.- Una comunidad sensible a la participación y a la lucha por la consecución de sus objetivos.
3.- Alianza Lambda de Venezuela adelanta proyectos (en búsqueda actual de financiamiento) para capacitar a los cuerpos policiales (en una primera etapa, de la Gran Caracas) en derechos humanos GLBT y para establecer un comité nacional de promoción, educación, vigilancia y defensa de derechos humanos GLBT, con el cual las victimas de agresión podrán seguir unos sencillos pasos para hacer efectiva su denuncia anónima, por ejemplo.
domingo, 18 de mayo de 2008
Especial: Miles de personas en todo el mundo celebraron el Dia contra la Homofobia
Este sabado se celebró el Día Internacional en contra de la Homofobia y la Transfobia. La iniciativa, impulsada por grupos políticos socialistas de Europa, busca reivindicar los derechos de homosexuales y lesbianas, y cuenta con apoyo y polémica en el mundo.Louis-Georges Tin, francés director del "Diccionario de la homofobia” y principal impulsor de la jornada mundial, señaló que más de 30 países se sumarán a las actividades y destacó que cada vez se adhieren más apoyos de autoridades gubernamentales en cada uno de esas naciones, lo cual resulta de especial importancia por el papel que tienen en la lucha contra la discriminación.Francia planea defender ante la ONU, durante su presidencia de la Unión Europea en el segundo semestre del año, la "despenalización universal" de la homosexualidad, indicó hoy la secretaria de Estado gala de Derechos Humanos, Rama Yade. Yade se reunió con asociaciones que luchan contra las discriminaciones derivadas de la orientación sexual. Según datos de organizaciones de defensa de los derechos de los gay, la homosexualidad sigue siendo un delito en casi 80 países.En Cuba, por ejemplo, la celebración se hizo por segundo año consecutivo con un festival cultural liderado por Mariela, hija del presidente Raúl Castro, en el centro mismo de La Habana, con apoyo mediático y donde se reunieron cientos de personas. También se concretó una “jornada antihomofóbica”, que duró toda la semana. El presidente del Parlamento cubano, Ricardo Alarcón, dijo hoy que su país "ha avanzado" en temas de diversidad sexual, pero que se debe continuar ese camino de una manera "coherente" y "adecuada", porque el tabú sigue existiendo.México realizó actividades coordinadas por las organizaciones Democracia y Sexualidad (Demysex) y Letra S. También participaron agrupaciones de mujeres y de sexualidad en conferencias académicas, en las cuales se insistió en que el odio hacia los individuos que se relacionan con otros de su mismo sexo es un problema que daña sensiblemente el tejido social.El Gobierno brasileño, por su parte, abrió un concurso por el que ofrecerá recursos públicos para financiar iniciativas que valoren manifestaciones culturales homosexuales. Así lo informó hoy el Ministerio de Cultura, y explicó que se trata de una iniciativa de la Secretaría de Identidad y de Diversidad Cultural e integra el Programa Brasil sin Homofobia de la secretaría nacional de Derechos Humanos.Pese a que algunos jueces brasileños han reconocido diferentes derechos a las parejas del mismo sexo, el proyecto de ley que prevé la "unión civil" para parejas homosexuales está parado en el Congreso hace más de una década.En Europa, la ministra italiana para la Igualdad de Oportunidades, Mara Carfagna, ha pedido hoy a los homosexuales que sean "sobrios" en sus manifestaciones, a lo que ellos han respondido que lo serán tanto como el concurso de Miss Italia, en el que ella fue finalista años atrás.Carfagna difundió una nota para expresar tanto su "convencimiento personal" como "el de las instituciones gubernativas" de que en "una sociedad evolucionada no hay espacio para discriminación alguna". La ministra añadió que "a ese comportamiento debe corresponder la sobriedad en las manifestaciones de la comunidad homosexual, que no debería nunca descender al exhibicionismo y el folclore".En el caso de la Argentina, el concejal de Madrid por el Partido Socialista Obrero (PSOE) Pedro Zerolo sostuvo hoy, en Buenos Aires, que "el INADI (Instituto Nacional contra la Discriminación) marca tendencia en América Latina" y aseguró que Argentina y España lideran la lucha por la igualdad. La titular del INADI, María José Lubertino, informó que Argentina y España impulsarán la creación, en el ámbito de la Cumbre Iberoamericana, en octubre próximo en El Salvador, de un espacio para los organismos contra la discriminación.Por su parte, la Comunidad Homosexual Argentina (CHA) celebró con una suelta de mil globos con los colores arcoiris (ver nota) en el Obelisco porteño.
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La CHA realizó una suelta de globos arcoiris contra la homofobia
Colectivos españoles contra la homofobia
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Reclaman al gobierno chileno por el estancamiento de la política contra la discriminación
El Gobierno brasileño financiará iniciativas que valoren la cultura homosexual
Gays en Cochabamba ratifican sus derechos
La ministra finalista de Miss Italia pide sobriedad a los homosexuales
Denuncian a líderes del mundo que discriminan a los homosexuales
El PSOE rindió homenaje a las victimas de la homofobia
Mexico: Trece estados conmemoran día contra la homofobia
AccionGay celebró el Dia contra la Homofobia con ofrenda floral en estatua de ex presidente
articulo cortesia: http://www.sentidog.com/
No Olvides tu Legado.
Tú simbolizas un gran legado.
Fuiste el más grande de los filósofos de la antigüedad.
Conquistaste el mundo y te llamaron El Grande.
Pintaste la Capilla Sixtina y la Mona Lisa.
Compusiste El Lago de los Cisnes.
Escribiste Don Juan, Hojas de Hierba, y En Busca del Tiempo Perdido.
Fuiste con paso firme hasta el martirio y te declararon santo.
Nos hiciste cantar Bésame, Kate y Compañía.
Y nos conmoviste con cientos de dramas…
desde Antígona hasta Un Tranvía Llamado Deseo.
Fuiste libertador de esclavos.
Nos hiciste reír con La Importancia de llamarse Ernesto y Vidas Privadas.
Maestro de la sospecha,
has hecho grandes descubrimientos científicos y humanísticos.
Tú maricón, tú playo, tú homo,
soldado desconocido
en tantas y tantas guerras
contra el hambre y las tiranías…
Pasaste por las batallas de la intolerancia y te hicieron más fuerte.
Sobreviviste con humor y estilo,
cabecilla de todo lo que es nuevo, rebelde y emocionante,
compasivo también, amplio de mente e indulgente...
¡No olvides tu legado!
sábado, 17 de mayo de 2008
jueves, 15 de mayo de 2008
ME LA COMO Y QUE?...
17 DE MAYO DIA MUNDIAL DE LA LUCHA CONTRA LA HOMOFOBIA.
Por el Derecho a la Igualdad / Derecho a la No Discriminación / Derecho al Libre Desenvolvimiento de la Personalidad
El 17 de Mayo de 1990 la Asamblea General de la Organización Mundial de la salud (OMS) suprimió la homosexualidad de la lista de enfermedades mentales. Por este motivo, colectivos de gays y lesbianas han iniciado una campaña internacional de recolección de firmas con el objetivo de institucionalizar esta fecha y fomentar acciones contra esta forma de discriminación de las personas.Colectivos de gays y lesbianas de todo el mundo celebran todos los 17 de Mayo la Jornada Mundial Contra la Homofobia, que tiene por objetivo la articulación de acciones y la reflexión para luchar contra la violencia física, moral o simbólica ligadas a la orientación sexual o la identidad de género.La homofobia adopta formas diferentes en función del espacio geográfico y social, por lo que las respuestas a ésta deben ser también distintas. En los países del sur, por ejemplo, el problema reside en el matrimonio heterosexual forzado particularmente para las mujeres. En los países del Primer Mundo, este colectivo considera que la homofobia se concreta en la prohibición del matrimonio entre parejas del mismo sexo o la exclusión de los homosexuales en diversos ámbitos.La homofobia es una de las formas de odio más extendidas, teniendo incluso reflejo en la legislación de la mayoría de países del mundo, con normas discriminatorias para lesbianas y gays o fuertemente represoras de la homosexualidad. Hoy alrededor de 80 países en el mundo criminalizan la homosexualidad y condenan los actos sexuales entre personas del mismo sexo con penas de prisión; 8 de estos países (Afganistán, Irán, Mauritania, Nigeria, Arabia Saudí, Emiratos Árabes y Yemen) mantienen para estos casos la pena de muerte. Las dinámicas por las que se perpetúa como forma de control social, aunque menos evidentes, no nos resultan tan ajenas. Una depurada pedagogía de la homofobia hace que interioricemos sus enseñanzas, como una de las primeras experiencias que despiertan el miedo y el odio a lo distinto, sin que lleguemos a ser conscientes de cuanto condiciona nuestra forma de pensar y de relacionamos con las demás personas.Una vez reunido el máximo número de firmas, el colectivo gay enviará a la Organización de las Naciones Unidas (ONU) la propuesta para constituir el 17 de mayo como el primer día mundial de lucha contra la homofobia, lo que a su juicio, reforzará la dimensión internacional de su compromiso y ayudará a aquellas personas que viven en otros países donde estas acciones no son posibles.Por todo ello, pedimos la declaración de este Día Internacional con el objetivo de denunciar aquellas actitudes homófobas, tanto públicas como privadas, en el ámbito doméstico, laboral, educativo, institucional y social, que provocan la discriminación de las personas cuya orientación sexual es diferente a la heterosexual y que generan en las mismas un sufrimiento intolerable y una presión para que oculten una parte importante de su integridad emocional. La homofobia no puede ser una actitud consentida, que pueda ejercerse impunemente al amparo de la libertad de opinión. La homofobia es una actitud intolerable que causa dolor y sufrimiento.La constitución venezolana, en sus artículos 20 y 21, prevé 2 derechos de suma importancia en la lucha contra la homofobia: el derecho al libre desenvolvimiento de la personalidad y el principio de equidad e igualdad ante la ley.Jornada de Vacunación contra la discriminaciónpor orientación sexual e identidad de género,Sábado 17 de mayo en la Plaza de los Museos en Caracas desde la 1 de la tarde.Si te animas, acércate con una franela o chemisse blanca y un jean de color azul.
jueves, 8 de mayo de 2008
MI RESPUESTA A TU ESTUPIDEZ. generalito sin ejercito...
Q lastima cuando tu y tus payasos de circo se refieren a nosotros en terminos peyorativos. y la lastima es de nosotros hacia ustedes porque fuimos nosotros quienes reafirmamos el ARTICULO 21 DE LA CARTA MAGNA que tu te jactas de conocer muy bien...
ahora me pregunto y te pregunto: que habria sido de este pais sin los inmaduros como nosotros????
has pensado alguna vez cual seria la realidad de este pais en este momento si tu y los tuyos no hubiesen contado con nuestro incondicional apoyo??
te has puesto a sacar cuenta de tus errores y los de tu gente y los has puesto en la balanza junto a nuestra inexperencia y las ganas de libertad que nos despiertan todos los dias???
QUERIDO GENERALITO EL QUE QUIERE AYUDAR ENSEÑA NO OFENDE!!! CRITICA NO HIERE!!! EDUCA NO PERVIERTE!!! ES LEAL Y NO TRAICIONA A SU GENTE.
HOY TE REITERO MAS QUE A TI Y A TU GENTE MI COMPROMISO CON LA LIBERTAD.
Y TE RECUERDO QUE LOS INMADUROS POLITICOS ESTAMOS SIEMPRE A LA ORDEN PARA CUANDO HAGAN FALTA GANAR BATALLAS y no para cuando se enseñe a perder la guerra.
TE AGRADESCO QUE ME LEAS Y TE RECUERDO QUE TE ADMIRO; QUE TIENES TALENTO PERO FALTAN PANTALONES.
y para terminar te recuerdo un tema de Ali Primera que mas o menos dice esta Frase. "...Para amanecer no hacen falta GALLINAS si no CANTAR DE GALLOS.
PARA NADIE EN ESPECIFICO Y PARA TI EN GENERAL.
Carlos Aray.
08/05/2008.
miércoles, 9 de abril de 2008
NORMAS DE CORTESIA Y BUENA EDUCACIÓN.
sábado, 29 de marzo de 2008
Constitución de La Republica Bolivariana de Venezuela. Titulo III. Derechos Humanos.
DE LOS DERECHOS HUMANOS
Artículo 21. Todas las personas son iguales ante la ley; en consecuencia:
No se permitirán discriminaciones fundadas en la raza, el sexo, el credo, la condición social o aquellas que, en general, tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad, de los derechos y libertades de toda persona.
La ley garantizará las condiciones jurídicas y administrativas para que la igualdad ante la ley sea real y efectiva; adoptará medidas positivas a favor de personas o grupos que puedan ser discriminados, marginados o vulnerables; protegerá especialmente a aquellas personas que por alguna de las condiciones antes especificadas, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan.
Sólo se dará el trato oficial de ciudadano o ciudadana; salvo las fórmulas diplomáticas.
No se reconocen títulos nobiliarios ni distinciones hereditarias.
Artículo 22. La enunciación de los derechos y garantías contenidos en esta Constitución y en los instrumentos internacionales sobre derechos humanos no debe entenderse como negación de otros que, siendo inherentes a la persona, no figuren expresamente en ellos. La falta de ley reglamentaria de estos derechos no menoscaba el ejercicio de los mismos.
Artículo 23. Los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno, en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorables a las establecidas por esta Constitución y en las leyes de la República, y son de aplicación inmediata y directa por los tribunales y demás órganos del Poder Público.
fuente consultada: http://www.tsj.gov.ve/legislacion/constitucion1999.htm
domingo, 16 de marzo de 2008
Miles vibran con concierto "Paz sin fronteras" para refrendar fraternidad
Unas 50.000 personas asisten este domingo al concierto "Paz sin fronteras", un recital gratuito con el que artistas como Juanes, Alejandro Sanz y Miguel Bosé refrendan la amistad entre Colombia, Venezuela y Ecuador tras su reciente crisis diplomática.
El concierto, que comenzó a las 13H15 locales (18H15 GMT), se desarrolla en una explanada de tres hectáreas en la ribera del río Táchira, que marca la frontera colombo-venezolana y sobre el cual cruza el puente Simón Bolívar, uno de los más activos de Latinoamérica.
Además de Bosé, Sanz y Juanes intervienen el dominicano Juan Luis Guerra, el venezolano Ricardo Montaner, el ecuatoriano Juan Fernando Velasco y el colombiano Carlos Vives, quien abrió el telón.
Por solicitud de Juanes, organizador del evento, el público y los artistas acudieron vestidos de blanco.
El coronel Jorge Flórez, jefe de la Policía colombiana en el departamento colombiano de Norte de Santander, cifró en 50.000 los asistentes que llegaron desde otras partes de Colombia y Venezuela, aunque dijo que el lugar está en capacidad de recibir a unas 90.000 personas. "Ya tenemos más de la mitad del aforo", dijo.
Sobre el viaducto, adornado con 400.000 claveles blancos, se ubican otros 2.000 espectadores, según las autoridades.
Unos 1.800 policías colombianos, apoyados por un avión y un helicóptero, garantizan la seguridad del show que se celebra bajo una temperatura de 35 grados centígrados.
El presidente colombiano, Alvaro Uribe, canceló a última hora su asistencia por pedido del colombiano Fernán Martínez, manager de Juanes, quien comunicó al gobierno que se quería garantizar la neutralidad del concierto.
Hasta horas antes del inicio se especuló con la presencia del mandatario venezolano, Hugo Chávez.
"Al haber un solo presidente se nos convertía en un evento unilateral. Lo correcto hubiera sido tener a los tres mandatarios envueltos en esta escaramuza diplomática", explicó Martínez, refiriéndose además al presidente ecuatoriano Rafael Correa.
El empresario fue secundado por Miguel Bosé, quien señaló que "las estrellas somos nosotros". "El diálogo debe primar entre nuestros gobernantes, no queremos conflictos", agregó el español, quien al igual que Sanz es un crítico de Chávez.
"Nuestros mandatarios velan por los intereses de su país, pero entre ellos tienen que lograr consensos", anotó Velasco, cuyo país mantiene rotas las relaciones diplomáticas con Bogotá por una incursión militar colombiana en territorio ecuatoriano, el 1 de marzo, en la que murió el número dos de la guerrilla de las FARC, Raúl Reyes, lo que desencadenó la crisis.
La idea del concierto, patrocinado por varias empresas colombianas, surgió en el punto más conflictivo de ese incidente, que llevó a Ecuador y Venezuela -en solidaridad con Quito- a militarizar sus fronteras con Colombia, y a una acalorada retórica entre los presidentes.
La crisis quedó formalmente superada el 7 de marzo en la Cumbre del Grupo de Rio celebrada en Santo Domingo.
JDGGlobovisión/AFP
Publicado el 16-03-2008
jueves, 21 de febrero de 2008
El Mejor Regalo.
Creo que el mejor regalo que puedo recibir de alguien es
ser vista por ellos, ser oída por ellos y ser tocada por ellos.
el ver, escuchar, comprender y tocar a otra persona.
Cuando esto se ha hecho, siento que el contacto se ha
realizado.
Virginia Satir, 1976.
jueves, 7 de febrero de 2008
Suspendido definitivamente concierto de Alejandro Sanz
Evenpro dijo que "no están dadas las condiciones para la realización del espectáculo" del cantante
06 de febrero, 2008 11:35 am - YP
Evenpro señala que la suspensión se debe a que no se cuenta "con las condiciones apropiadas para la realización del espectáculo", que se iba a realizar inicialmente el 1 de noviembre de 2007 y que debió ser suspendido por la negativa del Gobierno a ceder los espacios del Poliedro de Caracas para su celebración.
La compañía promotora de eventos asegura que a todas las personas que adquirieron boletos para el concierto, les será reintegrado el valor de las mismas. "En los próximos días a través de nuestra página web www evenpro.com y por los diferentes medios de comunicación, se anunciará la fecha y la logística a seguir en el proceso de reintegro de las entradas", aseguran.
Este miércoles, el propio Sanz había considerado desde Dominicana sus dudas acerca de la realización de este espectáculo, dada su abierta posición en contra del gobierno de Hugo Chávez y los distintos intentos del régimen por impedir el espectáculo.
"Todo está muy complicado. Realmente no sé si podré presentarme por la forma en la que están actuando", indicó y agregó que su intención "ha sido ir porque hay mucha gente que quiere ver el concierto y a ese gente me gustaría cantarle como fuera".
Cabe recordar que Sanz fue declarado recientemente "persona no grata" por parte del consejo legislativo del municipio de Libertador, uno de los cinco que integran la Gran Caracas.
El español insistió en Santo Domingo que no le gusta el estilo de gobernar de Chávez: "A mí esa forma no me gusta porque indica que cualquiera que opine diferente a él lo silencian como pueden. Pero creo que tengo derecho a opinar".
Uribe: Nada nos puede hacer olvidar que somos hermanos de Venezuela
El mandatario colombiano ofreció un discurso ante empresarios en el que dijo que la relación con Caracas se manjeará con prudencia
07 de febrero, 2008 09:51 am - AP
"Con la hermana República Bolivariana de Venezuela toda la prudencia. Nada nos puede hacer olvidar que somos hermanos, hermanos en la historia, hermanos en el presente, hermanos en el futuro. Nada nos puede hacer olvidar que somos hermanos", dijo Uribe este miércoles tarde en un discurso ante empresarios y divulgado por la presidencia en su sitio de internet.
Con Venezuela "vamos a manejar esto con prudencia, teniendo siempre presente -antes de pronunciar cualquier frase- que por encima de todo somos hermanos, y teniendo presente que el comercio no puede reducirse a una actividad simplemente mercantil", agregó.
Dijo además a los industriales que el comercio no debía tener solo un significado mercantil, sino que también tenía que ser un mecanismo de solidaridad.
"Si somos solidarios, si no nos queda sino una libra de carne, la tenemos que compartir con nuestros hermanos de los países hermanos. Si tenemos una vocación solidaria del comercio y no nos queda sino un litro de leche, lo tenemos que compartir con los hermanos de los pueblos vecinos'', indicó Uribe.
Colombia tiene en Venezuela a su segundo socio comercial, después de Estados Unidos, con un intercambio superior a los 4.000 millones de dólares anuales.
Algunos sectores industriales colombianos temen que ese intercambio se deteriore a raíz de las tensiones políticas, mientras Venezuela sufre el desabastecimiento de algunos productos básicos como leche.
El deterioro de los lazos entre los dos países comenzó en noviembre, cuando Uribe canceló las gestiones que llevaba su colega venezolano Hugo Chávez ante las rebeldes Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) para lograr un canje de secuestrados a cambio de guerrilleros en la cárcel.
Chávez replicó de inmediato que la decisión de Uribe fue un "escupitajo" en la cara y anunció poco después que colocaba en el "congelador" las relaciones con Bogotá. Desde entonces, Venezuela ha lanzado varias acusaciones contra Colombia, cuyo gobierno adoptó la línea de no responder los señalamientos de Chávez.
miércoles, 6 de febrero de 2008
lunes, 4 de febrero de 2008
"No más FARC"
Miles de manifestantes, desde China hasta Bogotá, pasando por algunas ciudades europeas, toman las calles en protestas contra la guerrilla colombiana
AGENCIAS - Bogotá - 04/02/2008
La protesta bajo el lema 'Un millón de voces contra las FARC' fue convocada por un grupo de jóvenes a través de Facebook después de que se conocieron en enero las pruebas de vida de un grupo de rehenes que dejaron en evidencia la humillación que soportan en los campamentos rebeldes en medio de la selva.
En Bogotá, la capital colombiana de más de 7 millones de habitantes, miles de personas se han concentrado en diferentes sectores con camisetas blancas en las que se leía por la parte frontal 'Colombia soy yo' y en la espalda 'No más secuestros, no más mentiras, no más muertes, no más FARC'.
Según los organizadores, unas 30.000 personas se han reunido hoy en la céntrica plaza bogotana de Bolívar. La concentración, de dos horas, terminó a las 12.00 locales (17.00 GMT) con el lanzamiento de 1.500 globos de colores y el canto del himno nacional a viva voz.
En la vecina Venezuela, cientos de personas se han lanzado a las calles sumándose a la protesta mundial con gritos de 'No más FARC'.
Los grupos de manifestantes más numerosos se han registrado en la capital del país, Caracas, y en Maracaibo, la capital del fronterizo estado de Zulia, aunque también se habían anunciado movilizaciones en Barinas y San Cristóbal.
La misma escena se ha repetido en Buenos Aires, Lima y otras capitales latinoamericanas.
Manifestaciones en Europa
En España, donde viven más de 250.000 colombianos, según datos oficiales, centenares de personas se han congregado en el centro de Madrid y en ciudades como Logroño, Oviedo, Palma de Mallorca o Bilbao para rechazar la violencia y los secuestros de las FARC.
Los manifestantes han portado pancartas con leyendas como 'A Colombia la queremos viva, libre y en paz' o 'No más violencia. No más secuestros', o 'Sí a la libertad, sí a la vida, Colombia sin FARC'.
También en Londres más de 500 personas, la mayoría de ellas colombianas, se han manifestado en la plaza de Trafalgar entre gritos de 'Queremos la libertad de los secuestrados' y 'Fuera FARC terroristas'. Los asistentes portaron claveles blancos como símbolo de paz y pancartas en inglés con el objetivo de concienciar a la opinión pública británica sobre los secuestros perpetrados por la
guerrilla.
En París, centenares de colombianos y venezolanos han pedido el fin de las FARC y se han manifestado para sensibilizar a la opinión pública francesa de que en Colombia "hay más de un rehén" de esa guerrilla, en referencia a la colombo-francesa Ingrid Betancourt, cuya liberación es un asunto prioritario para el Gobierno galo.
El acto de París no ha contado con el respaldo de las asociaciones francesas de apoyo a la liberación de Ingrid Betancourt, que pronto cumplirá seis años de cautiverio, por considerar sus portavoces que "va en contra de la mediación y la negociación" y porque "sólo habla de acabar con las FARC".
En Ginebra, más de un centenar de colombianos se concentraron ante el Palacio de las Naciones Unidas para hacer una llamada 'a la libertad y por la paz' y 'contra las FARC'.
En Berlín, Bruselas, y varias partes de Asia, como Tokio y Pekín, se repitieron las consignas para mostrar el repudio a la guerrilla más antigua de América Latina.
Más de un centenar de personas secundan en Berlín llamamiento contra las FARC
Berlín.- Algo más de un centenar de personas se sumaron hoy en Berlín al llamamiento internacional de protesta contra las FARC lanzado por la plataforma coordinadora "Voces contra las Farc", que concentró a manifestantes en más de 130 ciudades del mundo, entre ellas varias alemanas. "Todos los colombianos estamos cansados de no tener libertad, de no tener paz y de que haya muertes y secuestros", resumió la coordinadora para la marcha berlinesa, María Clara Martínez, el objetivo de esta protesta. La manifestación, seguida también por algunos pocos alemanes, discurrió desde la emblemática y céntrica Gedachtniskirche, una iglesia destruida durante la II Guerra Mundial y situada en el centro de la ciudad, hasta la embajada de Colombia. Los manifestantes portaban pancartas en las que se podía leer en alemán, inglés y español frases como: "No más secuestros, no más mentiras, no más asesinatos, no más FARC". Los organizadores recalcaron que su intención era realizar una protesta desvinculada de todo propósito político y rechazaron con ello las críticas de algunos partidos, organizaciones no gubernamentales y familiares de secuestrados que les habían acusado de polarizar a la sociedad. "Es una protesta alejada de todo interés particular y sin tintes políticos", exclamó Martínez en un pronunciamiento previo al comienzo de la marcha. "Las FARC no son nuestro ejército; sus acciones no representan nuestros intereses, ni como colombianos, ni como grupo social", recalcó. María Mercedes Zeppernick, otra de las organizadoras, señaló a EFE que la idea de la marcha es llamar la atención sobre uno de los tantos problemas que tiene Colombia. "Somos partidarios de hacer un apolítica de pasos pequeños. Si se ataca todo a la vez no se alcanza nada", sostuvo esta ciudadana colombiana afincada en Alemania, quien no excluyó participar en actividades que en un momento dado organicen otras plataformas. "Si la cuestión lo merece, allí estaremos". En la manifestación hubo también un puñado de representantes del opositor Polo Democrático Alternativo (PDA), cuya central en Bogotá se había desvinculado del llamamiento de esta coordinadora por considerarlo "polarizador" y organizó un plantón "contra todo tipo de terrorismo". Los manifestantes que se sumaron a la protesta de Berlín subrayaron que habían decidido acudir a ella, porque en Alemania no tenía sentido convocar una segunda manifestación y "porque creemos que tenemos derecho a estar aquí". "No a los secuestros por las FARC, los paramilitares y parte de los militares". Una amplia pancarta con esta frase fue el distintivo que diferenció a los seguidores del PDA del resto de los manifestantes. "La protesta no se puede dirigir sólo contra un grupo. Hay que estar contra todos los que secuestran", señaló Jaime, uno de los afiliados al PDA. Manifestaciones similares tuvieron lugar en otras ciudades alemanas como Munich, Fráncfort, Hamburgo, Düsseldorf y Stuttgart.
EFE
Articulo Cortesia: http://www.2001.com.ve/
Multitudinarias marchas anti FARC
REUTERS/Daniel Munoz
Miles de colombianos vestidos de blanco y con pancartas contra la guerrilla de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia marcharon hoy en todo país.
1:35 p.m. - BOGOTÁ, Colombia (AP).- Miles de colombianos vestidos de blanco y con pancartas contra la guerrilla de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) marcharon hoy en el país convocados por jóvenes a través de internet bajo la consigna "No más secuestros. No más mentiras. No más muertes. No más FARC". La manifestación callejera contra las rebeldes, FARC, empezó a gestarse hace exactamente un mes en el sitio de internet Facebook, y se hizo extensiva a varias otras ciudades del mundo, como solidaridad con Colombia y en demanda de la liberación de secuestrados por la guerrilla. Los convocantes en internet dijeron que unas 100 mil personas de 165 ciudades en los cinco continentes dijeron que iban a participar de la iniciativa. De acuerdo con informes preliminares, en la jornada hubo marchas en Caracas, Buenos Aires, Lima y otras ciudades latinoamericanas, y en urbes europeas. Sin embargo, familiares de los secuestrados por las FARC en Bogotá se concentraron en iglesias, en lugar de participar en las marchas, aduciendo que preferían para rezar por sus seres queridos. No creo que odiando a los actores armados vamos a conseguir paz en el país'', dijo Aida Alzate, una estudiante de 21 años, cuyo tío Norbey Alzate, está secuestrado desde hace tres años en Urabá una región del noroeste colombiano.
sábado, 26 de enero de 2008
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: Capítulo III: DERECHOS CIVILES DE LOS VENEZOLANOS.
Capítulo III
De los Derechos Civiles
Artículo 43. El derecho a la vida es inviolable. Ninguna ley podrá establecer la pena de muerte, ni autoridad alguna aplicarla. El Estado será responsable de la vida de las personas que se encuentren privadas de su libertad, prestando el servicio militar o civil, o sometidas a su autoridad en cualquier otra forma.
Artículo 44. La libertad personal es inviolable, en consecuencia:
1. Ninguna persona puede ser arrestada o detenida sino en virtud de una orden judicial, a menos que sea sorprendida in fraganti. En este caso será llevada ante una autoridad judicial en un tiempo no mayor de cuarenta y ocho horas a partir del momento de la detención. Será juzgada en libertad, excepto por las razones determinadas por la ley y apreciadas por el juez o jueza en cada caso.La constitución de caución exigida por la ley para conceder la libertad del detenido no causará impuesto alguno.2. Toda persona detenida tiene derecho a comunicarse de inmediato con sus familiares, abogado o abogada o persona de su confianza, y éstos o éstas, a su vez, tienen el derecho a ser informados o informadas del lugar donde se encuentra la persona detenida, a ser notificados o notificadas inmediatamente de los motivos de la detención y a que dejen constancia escrita en el expediente sobre el estado físico y psíquico de la persona detenida, ya sea por sí mismos o con el auxilio de especialistas. La autoridad competente llevará un registro público de toda detención realizada, que comprenda la identidad de la persona detenida, lugar, hora, condiciones y funcionarios que la practicaron.Respecto a la detención de extranjeros o extranjeras se observará, además, la notificación consular prevista en los tratados internacionales sobre la materia.3. La pena no puede trascender de la persona condenada. No habrá condenas a penas perpetuas o infamantes. Las penas privativas de la libertad no excederán de treinta años.4. Toda autoridad que ejecute medidas privativas de la libertad estará obligada a identificarse.5. Ninguna persona continuará en detención después de dictada orden de excarcelación por la autoridad competente o una vez cumplida la pena impuesta.
Artículo 45. Se prohíbe a la autoridad pública, sea civil o militar, aun en estado de emergencia, excepción o restricción de garantías, practicar, permitir o tolerar la desaparición forzada de personas. El funcionario o funcionaria que reciba orden o instrucción para practicarla, tiene la obligación de no obedecerla y denunciarla a las autoridades competentes. Los autores o autoras intelectuales y materiales, cómplices y encubridores o encubridoras del delito de desaparición forzada de personas, así como la tentativa de comisión del mismo, serán sancionados de conformidad con la ley.
Artículo 46. Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral, en consecuencia:
Ninguna persona puede ser sometida a penas, torturas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Toda víctima de tortura o trato cruel, inhumano o degradante practicado o tolerado por parte de agentes del Estado, tiene derecho a la rehabilitación.
Toda persona privada de libertad será tratada con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano.
Ninguna persona será sometida sin su libre consentimiento a experimentos científicos, o a exámenes médicos o de laboratorio, excepto cuando se encontrare en peligro su vida o por otras circunstancias que determine la ley.
Todo funcionario público o funcionaria pública que, en razón de su cargo, infiera maltratos o sufrimientos físicos o mentales a cualquier persona, o que instigue o tolere este tipo de tratos, será sancionado o sancionada de acuerdo con la ley.
Artículo 47. El hogar doméstico, el domicilio, y todo recinto privado de persona son inviolables. No podrán ser allanados, sino mediante orden judicial, para impedir la perpetración de un delito o para cumplir de acuerdo con la ley las decisiones que dicten los tribunales, respetando siempre la dignidad del ser humano.
Las visitas sanitarias que se practiquen, de conformidad con la ley, sólo podrán hacerse previo aviso de los funcionarios o funcionarias que las ordenen o hayan de practicarlas.
Artículo 48. Se garantiza el secreto e inviolabilidad de las comunicaciones privadas en todas sus formas. No podrán ser interferidas sino por orden de un tribunal competente, con el cumplimiento de las disposiciones legales y preservándose el secreto de lo privado que no guarde relación con el correspondiente proceso.
Artículo 49. El debido proceso se aplicará a todas las actuaciones judiciales y administrativas y, en consecuencia:
1. La defensa y la asistencia jurídica son derechos inviolables en todo estado y grado de la investigación y del proceso. Toda persona tiene derecho a ser notificada de los cargos por los cuales se le investiga, de acceder a las pruebas y de disponer del tiempo y de los medios adecuados para ejercer su defensa. Serán nulas las pruebas obtenidas mediante violación del debido proceso. Toda persona declarada culpable tiene derecho a recurrir del fallo, con las excepciones establecidas en esta Constitución y la ley.2. Toda persona se presume inocente mientras no se pruebe lo contrario.3. Toda persona tiene derecho a ser oída en cualquier clase de proceso, con las debidas garantías y dentro del plazo razonable determinado legalmente, por un tribunal competente, independiente e imparcial establecido con anterioridad. Quien no hable castellano o no pueda comunicarse de manera verbal, tiene derecho a un intérprete.4. Toda persona tiene derecho a ser juzgada por sus jueces naturales en las jurisdicciones ordinarias, o especiales, con las garantías establecidas en esta Constitución y en la ley. Ninguna persona podrá ser sometida a juicio sin conocer la identidad de quien la juzga, ni podrá ser procesada por tribunales de excepción o por comisiones creadas para tal efecto.5. Ninguna persona podrá ser obligada a confesarse culpable o declarar contra sí misma, su cónyuge, concubino o concubina, o pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.La confesión solamente será válida si fuere hecha sin coacción de ninguna naturaleza.6. Ninguna persona podrá ser sancionada por actos u omisiones que no fueren previstos como delitos, faltas o infracciones en leyes preexistentes.7. Ninguna persona podrá ser sometida a juicio por los mismos hechos en virtud de los cuales hubiese sido juzgada anteriormente.8. Toda persona podrá solicitar del Estado el restablecimiento o reparación de la situación jurídica lesionada por error judicial, retardo u omisión injustificados. Queda a salvo el derecho del o de la particular de exigir la responsabilidad personal del magistrado o magistrada, juez o jueza y del Estado, y de actuar contra éstos o éstas.
Artículo 50. Toda persona puede transitar libremente y por cualquier medio por el territorio nacional, cambiar de domicilio y residencia, ausentarse de la República y volver, trasladar sus bienes y pertenencias en el país, traer sus bienes al país o sacarlos, sin más limitaciones que las establecidas por la ley. En caso de concesión de vías, la ley establecerá los supuestos en los que debe garantizarse el uso de una vía alterna. Los venezolanos y venezolanas pueden ingresar al país sin necesidad de autorización alguna.
Ningún acto del Poder Público podrá establecer la pena de extrañamiento del territorio nacional contra venezolanos o venezolanas.
Artículo 51. Toda persona tiene el derecho de representar o dirigir peticiones ante cualquier autoridad, funcionario público o funcionaria pública sobre los asuntos que sean de la competencia de éstos, y a obtener oportuna y adecuada respuesta. Quienes violen este derecho serán sancionados conforme a la ley, pudiendo ser destituidos del cargo respectivo.
Artículo 52. Toda persona tiene derecho de asociarse con fines lícitos, de conformidad con la ley. El Estado estará obligado a facilitar el ejercicio de este derecho.
Artículo 53. Toda persona tiene el derecho de reunirse, pública o privadamente, sin permiso previo, con fines lícitos y sin armas. Las reuniones en lugares públicos se regirán por la ley.
Artículo 54. Ninguna persona podrá ser sometida a esclavitud o servidumbre. La trata de personas y, en particular, la de mujeres, niños, niñas y adolescentes en todas sus formas, estará sujeta a las penas previstas en la ley.
Artículo 55. Toda persona tiene derecho a la protección por parte del Estado a través de los órganos de seguridad ciudadana regulados por ley, frente a situaciones que constituyan amenaza, vulnerabilidad o riesgo para la integridad física de las personas, sus propiedades, el disfrute de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes.
La participación de los ciudadanos y ciudadanas en los programas destinados a la prevención, seguridad ciudadana y administración de emergencias será regulada por una ley especial.
Los cuerpos de seguridad del Estado respetarán la dignidad y los derechos humanos de todas las personas. El uso de armas o sustancias tóxicas por parte del funcionariado policial y de seguridad estará limitado por principios de necesidad, conveniencia, oportunidad y proporcionalidad, conforme a la ley.
Artículo 56. Toda persona tiene derecho a un nombre propio, al apellido del padre y el de la madre, y a conocer la identidad de los mismos. El Estado garantizará el derecho a investigar la maternidad y la paternidad.
Todas las personas tienen derecho a ser inscritas gratuitamente en el registro civil después de su nacimiento y a obtener documentos públicos que comprueben su identidad biológica, de conformidad con la ley. Éstos no contendrán mención alguna que califique la filiación.
Artículo 57. Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, sus ideas u opiniones de viva voz, por escrito o mediante cualquier otra forma de expresión, y de hacer uso para ello de cualquier medio de comunicación y difusión, sin que pueda establecerse censura. Quien haga uso de este derecho asume plena responsabilidad por todo lo expresado. No se permite el anonimato, ni la propaganda de guerra, ni los mensajes discriminatorios, ni los que promuevan la intolerancia religiosa.
Se prohíbe la censura a los funcionarios públicos o funcionarias públicas para dar cuenta de los asuntos bajo sus responsabilidades.
Artículo 58. La comunicación es libre y plural, y comporta los deberes y responsabilidades que indique la ley. Toda persona tiene derecho a la información oportuna, veraz e imparcial, sin censura, de acuerdo con los principios de esta Constitución, así como el derecho de réplica y rectificación cuando se vean afectados directamente por informaciones inexactas o agraviantes. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir información adecuada para su desarrollo integral.
Artículo 59. El Estado garantizará la libertad de religión y de culto. Toda persona tiene derecho a profesar su fe religiosa y cultos y a manifestar sus creencias en privado o en público, mediante la enseñanza u otras prácticas, siempre que no se opongan a la moral, a las buenas costumbres y al orden público. Se garantiza, asimismo, la independencia y la autonomía de las iglesias y confesiones religiosas, sin más limitaciones que las derivadas de esta Constitución y la ley. El padre y la madre tienen derecho a que sus hijos o hijas reciban la educación religiosa que esté de acuerdo con sus convicciones.
Nadie podrá invocar creencias o disciplinas religiosas para eludir el cumplimiento de la ley ni para impedir a otro u otra el ejercicio de sus derechos.
Artículo 60. Toda persona tiene derecho a la protección de su honor, vida privada, intimidad, propia imagen, confidencialidad y reputación.
La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y ciudadanas y el pleno ejercicio de sus derechos.
Artículo 61. Toda persona tiene derecho a la libertad de conciencia y a manifestarla, salvo que su práctica afecte la personalidad o constituya delito. La objeción de conciencia no puede invocarse para eludir el cumplimiento de la ley o impedir a otros su cumplimiento o el ejercicio de sus derechos.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: TÍTULO III DE LOS DEBERES, DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS
TÍTULO III
DE LOS DEBERES, DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS
Capítulo I
Disposiciones Generales
Artículo 19. El Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Su respeto y garantía son obligatorios para los órganos del Poder Público de conformidad con la Constitución, los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la República y las leyes que los desarrollen.
Artículo 20. Toda persona tiene derecho al libre desenvolvimiento de su personalidad, sin más limitaciones que las que derivan del derecho de las demás y del orden público y social.
Artículo 21. Todas las personas son iguales ante la ley, y en consecuencia:
No se permitirán discriminaciones fundadas en la raza, el sexo, el credo, la condición social o aquellas que, en general, tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad, de los derechos y libertades de toda persona.
La ley garantizará las condiciones jurídicas y administrativas para que la igualdad ante la ley sea real y efectiva; adoptará medidas positivas a favor de personas o grupos que puedan ser discriminados, marginados o vulnerables; protegerá especialmente a aquellas personas que por alguna de las condiciones antes especificadas, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan.
Sólo se dará el trato oficial de ciudadano o ciudadana; salvo las fórmulas diplomáticas.
No se reconocen títulos nobiliarios ni distinciones hereditarias.
Artículo 22, La enunciación de los derechos y garantías contenidos en esta Constitución y en los instrumentos internacionales sobre derechos humanos no debe entenderse como negación de otros que, siendo inherentes a la persona, no figuren expresamente en ellos. La falta de ley reglamentaria de estos derechos no menoscaba el ejercicio de los mismos.
Artículo 23. Los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno, en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorables a las establecidas por esta Constitución y la ley de la República, y son de aplicación inmediata y directa por los tribunales y demás órganos del Poder Público.
Artículo 24. Ninguna disposición legislativa tendrá efecto retroactivo, excepto cuando imponga menor pena. Las leyes de procedimiento se aplicarán desde el momento mismo de entrar en vigencia aun en los procesos que se hallaren en curso; pero en los procesos penales, las pruebas ya evacuadas se estimarán en cuanto beneficien al reo o rea, conforme a la ley vigente para la fecha en que se promovieron.
Cuando haya dudas se aplicará la norma que beneficie al reo o rea.
Artículo 25. Todo acto dictado en ejercicio del Poder Público que viole o menoscabe los derechos garantizados por esta Constitución y la ley es nulo, y los funcionarios públicos y funcionarias públicas que lo ordenen o ejecuten incurren en responsabilidad penal, civil y administrativa, según los casos, sin que les sirvan de excusa órdenes superiores.
Artículo 26. Toda persona tiene derecho de acceso a los órganos de administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses, incluso los colectivos o difusos, a la tutela efectiva de los mismos y a obtener con prontitud la decisión correspondiente.
El Estado garantizará una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles.
Artículo 27. Toda persona tiene derecho a ser amparada por los tribunales en el goce y ejercicio de los derechos y garantías constitucionales, aun de aquellos inherentes a la persona que no figuren expresamente en esta Constitución o en los instrumentos internacionales sobre derechos humanos.
El procedimiento de la acción de amparo constitucional será oral, público, breve, gratuito y no sujeto a formalidad, y la autoridad judicial competente tendrá potestad para restablecer inmediatamente la situación jurídica infringida o la situación que más se asemeje a ella. Todo tiempo será hábil y el tribunal lo tramitará con preferencia a cualquier otro asunto.
La acción de amparo a la libertad o seguridad podrá ser interpuesta por cualquier persona, y el detenido o detenida será puesto bajo la custodia del tribunal de manera inmediata, sin dilación alguna.
El ejercicio de este derecho no puede ser afectado, en modo alguno, por la declaración del estado de excepción o de la restricción de garantías constitucionales.
Artículo 28. Toda persona tiene derecho de acceder a la información y a los datos que sobre sí misma o sobre sus bienes consten en registros oficiales o privados, con las excepciones que establezca la ley, así como de conocer el uso que se haga de los mismos y su finalidad, y a solicitar ante el tribunal competente la actualización, la rectificación o la destrucción de aquellos, si fuesen erróneos o afectasen ilegítimamente sus derechos. Igualmente, podrá acceder a documentos de cualquier naturaleza que contengan información cuyo conocimiento sea de interés para comunidades o grupos de personas. Queda a salvo el secreto de las fuentes de información periodística y de otras profesiones que determine la ley.
Artículo 29. El Estado estará obligado a investigar y sancionar legalmente los delitos contra los derechos humanos cometidos por sus autoridades.
Las acciones para sancionar los delitos de lesa humanidad, violaciones graves a los derechos humanos y los crímenes de guerra son imprescriptibles. Las violaciones de derechos humanos y los delitos de lesa humanidad serán investigados y juzgados por los tribunales ordinarios. Dichos delitos quedan excluidos de los beneficios que puedan conllevar su impunidad, incluidos el indulto y la amnistía.
Artículo 30. El Estado tendrá la obligación de indemnizar integralmente a las víctimas de violaciones a los derechos humanos que le sean imputables, y a sus derechohabientes, incluido el pago de daños y perjuicios.
El Estado adoptará las medidas legislativas y de otra naturaleza, para hacer efectivas las indemnizaciones establecidas en este artículo.
El Estado protegerá a las víctimas de delitos comunes y procurará que los culpables reparen los daños causados.
Artículo 31. Toda persona tiene derecho, en los términos establecidos por los tratados, pactos y convenciones sobre derechos humanos ratificados por la República, a dirigir peticiones o quejas ante los órganos internacionales creados para tales fines, con el objeto de solicitar el amparo a sus derechos humanos.
El Estado adoptará, conforme a procedimientos establecidos en esta Constitución y la ley, las medidas que sean necesarias para dar cumplimiento a las decisiones emanadas de los órganos internacionales previstos en este artículo.
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